2007 - Manifiesto de cine libre - Realizadores en pro del cine libre
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Quienes suscribimos el concepto de Cine Libre creemos en la libertad de difusión y exhibición de las obras cinematográficas, y trabajamos en pro de las transformaciones legales y el uso de nuevas tecnologías para lograr ese objetivo.
Consideramos que las libertades y derechos originalmente definidos para el Software Libre [1], pueden expandirse al Cine Libre, así como se han generalizado en el concepto de Conocimiento Libre, principalmente por tratarse de creaciones cuya difusión puede hacerse, y cada vez se hace más, por medios digitales. Esto no implica de ninguna manera que los realizadores renuncian a obtener provecho económico por su trabajo.
Enunciamos lo que definimos como las cuatro libertades del Cine Libre, en correspondencia con las libertades definidas para el Software Libre:
- Las obras de Cine Libre pueden ser libremente adquiridas y libremente exhibidas, con cualquier propósito y sin necesitar permiso de nadie (libertad 0).
- Las obras de Cine Libre pueden adaptarse libremente a las necesidades de quienes deseen exhibirlas (libertad 1).
- Las obras de Cine Libre pueden compartirse libremente con los demás (libertad 2).
- Las obras de Cine Libre pueden mejorarse y sus versiones adaptadas y mejoradas (por ejemplo correcciones de color o de sonido) pueden compartirse libremente con los demás, para que así se beneficie la comunidad entera (libertad 3).
En virtud del respeto por la obra de Cine Libre original, el autor puede requerir que se incluya en los créditos cualquier modificación de la obra derivada de las libertades 1 y 3, así como la información relativa a los autores de dichas modificaciones.
Consideramos que estas libertades abren posibilidades casi infinitas, que enriquecerán enormemente la oferta de obras creativas, en beneficio de la comunidad.
Consideramos que los realizadores cinematográficos deben tener el derecho de asignarle una licencia de Cine Libre a sus obras, así como también tienen el derecho de esperar un período prudencial antes de la asignación de este tipo de licencia a sus obras, por ejemplo, mientras la obra cinematográfica participa en concursos y festivales o mientras la obra pasa por un un período de beneficio de taquilla.
El derecho de un realizador de asignar licencias de Cine Libre a su propia obra debe estar amparado por las leyes y debe ser respetado por las normativas de financiamiento de los entes gubernamentales. La cesión absoluta de los derechos de propiedad a una distribuidora de cine, si bien es un derecho inalienable del autor, no debe ser la única opción de un realizador cinematográfico. Deben existir modalidades de cesión temporal, de modo que los autores puedan tomar la decisión posterior de incluir sus obras en una modalidad de distribución libre.
Consideramos que otras licencias de uso, menos abiertas que las que nosotros suscribimos, también son importantes como pasos hacia el acceso de todos a la Sociedad del Conocimiento. Apoyamos otras modalidades de distribución libre, como las que se promueven a través de la iniciativa internacional Creative Commons [2,3].
Consideramos que, en consonancia con la búsqueda de nuestros objetivos, debemos promover otras formas de producción, sobre la base del intercambio y la colaboración solidaria, para lo que se deben abrir también espacios de reflexión y de discusión.
Cualquier realizador o trabajador del ámbito cinematográfico que desee suscribir este manifiesto, puede enviar un mensaje a cinelib@gmail.com, y será incluido como firmante del mismo.
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[1] Software Libre
[2] Creative Commons Licences
[3] Bienes Comunes (Creative Commons) Argentina
File
File:Cine Libre- Manifiesto de Cine Libre.pdf
Links
URL: http://cinelib.blogspot.mx/2007/04/manifiesto-de-cine-libre.html
Wayback Machine: http://web.archive.org/web/20170222014922/http://cinelib.blogspot.mx/2007/04/manifiesto-de-cine-libre.html